El artículo 24 de la Constitución del 78 se lo saben muy bien mis compis del IM, porque es el de la tutela judicial efectiva. Pero también es el que ampara el principio de presunción de inocencia, esto es, que nadie es culpable hasta que (judicialmente), se demuestre lo contrario.
Desde que la violencia de género es un filón para los mass media no hago mas que escuchar todo tipo de burradas sobre el tema: tales como "violencia doméstica", "tras una discusión", "bajo los efectos del alcohol", "de madrugada y sin previo aviso", y un largo etcétera que me rechina en los oídos.
Pero lo que ya es el colmo de la ignorancia es tratar de presuntas y presuntos, a la víctima, al suceso, a los hechos, a la hora del día, a la suegra y a lxs vecinxs, a todxs excepto al único que lo es: el agresor-asesino.
¿Quién no ha escuchado alguna vez?...
"a las tres de la madrugada, presuntamente cogió un cuchillo para asestar..."
"última hora: esta madrugada, la presunta mujer de D.S., perdió la vida..."
"un presunto asesinato ha ocurrido en ..."
"ha muerto presuntamente M.D. a manos de su ex.."
Sólo puedo decir, que si un asesino mata a una víctima, la muerte no es presunta, la víctima no es presunta, la circunstancia del hecho no es presunta... sólo es presunto el asesino, y porque lo dice la Constitución y porque vivimos en un país que en Derecho Penal está bastante más avanzado que las mentalidades de los y las periodistas (sin acritud) que nos cuentan estas noticias.
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